Regulariza

Permiso y recepción

Gestiona permiso y recepción de tu propiedad. Ponemos en regla lo que ya está construido, y dejamos la casa con sus papeles al día ante la Dirección de Obras.

Qué resolvemos

01

Permiso de edificación

El expediente completo ante la DOM: planos, especificaciones técnicas y la respuesta a cada observación hasta que sale aprobado.

02

Recepción definitiva

La obra terminada, recibida. Sin recepción la propiedad no se vende bien, no se hipoteca y no se asegura.

03

Regularización

Lo construido sin permiso, puesto en regla. Ley del Mono cuando aplica, y la vía que corresponda cuando no.

Qué es

¿Qué es regularizar una casa?

Regularizar es obtener de la Dirección de Obras Municipales (DOM) el permiso y la recepción de algo que ya está construido: una ampliación, un segundo piso, un quincho cerrado o la casa completa. Hasta que eso ocurre, esos metros no existen para el municipio.

Una construcción sin recepción no se vende bien, no se hipoteca y no se asegura. Por eso la regularización suele aparecer justo cuando hay que vender, heredar o pedir un crédito, y ahí el plazo aprieta. En CCP Arquitectura hemos tramitado más de 130 regularizaciones: revisamos los antecedentes de la propiedad, levantamos lo construido tal como está, armamos el expediente y respondemos cada observación de la DOM hasta que la casa queda en regla.

Los dos caminos

Ley del Mono o permiso de edificación.

La vía depende de cuándo se construyó, cuánto mide y dónde está. Es lo primero que revisamos.

Ley del Mono (Ley 20.898)Permiso de edificación
Para qué construccionesViviendas construidas antes del 4 de febrero de 2016Cualquier construcción, también las posteriores a 2016
SuperficieHasta 90 m² (modalidad 1) o hasta 140 m² (modalidad 2)Sin tope propio: manda el plan regulador
Avalúo fiscalHasta 1.000 UF o 2.000 UF según la modalidad, medido en 2016No es requisito
Normas urbanísticasExime, con límites, de antejardín, estacionamientos, altura de cierros, adosamientos, constructibilidad y ocupación de sueloSe cumplen todas las del plan regulador y de la OGUC
Plazo para ingresarHasta el 31 de diciembre de 2027Sin plazo

La misma ley permite regularizar locales de microempresas inofensivas de hasta 250 m² y equipamiento social, como sedes vecinales o templos, de hasta 400 m². Fuentes: Ley 20.898, Ley 21.725 y Circular DDU 521 del MINVU (2025).

El proceso

Cómo trabajamos una regularización.

01

Revisamos los antecedentes

Escritura, certificado de avalúo fiscal y el Certificado de Informaciones Previas (CIP) de la municipalidad, que dice qué normas aplican a tu terreno. Con eso definimos la vía.

02

Levantamos lo construido

Medimos la casa tal como está y la dibujamos: plantas, elevaciones, cortes y el cuadro de superficies.

03

Armamos el expediente

Planos, especificaciones técnicas, el informe del arquitecto sobre habitabilidad, estabilidad y seguridad, y los formularios que corresponden.

04

Ingresamos y respondemos

Ingresamos a la Dirección de Obras y respondemos cada observación del acta hasta que el expediente sale aprobado.

05

La casa queda en regla

Con el certificado de regularización o la recepción definitiva, la propiedad se puede vender, hipotecar y asegurar con sus metros reales.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿La Ley del Mono sigue vigente?

Sí. La Ley 21.725, publicada el 1 de marzo de 2025, extendió hasta el 31 de diciembre de 2027 el plazo para ingresar solicitudes a la Dirección de Obras. Lo que vence es el ingreso: la tramitación puede terminar después de esa fecha.

¿Qué requisitos pide la Ley del Mono?

Que la vivienda se haya construido antes del 4 de febrero de 2016; que no esté en área de riesgo o protección, en un terreno declarado de utilidad pública ni en un bien nacional de uso público; que en área urbana el suelo permita el uso residencial; que no tenga reclamos pendientes por incumplir normas urbanísticas, y que cumpla condiciones de habitabilidad, estabilidad y seguridad, con sus instalaciones de luz, agua y alcantarillado.

¿Qué avalúo fiscal se considera?

El del primer semestre de 2016, no el actual. Se acredita con un Certificado de Avalúo Fiscal Simple del Servicio de Impuestos Internos. Es uno de los errores más comunes: mirar el avalúo de hoy y descartar una casa que sí califica.

¿Necesito un cálculo estructural?

No siempre. En viviendas de madera de hasta dos pisos con luces de hasta 3 metros entre apoyos, o de albañilería u hormigón armado de un piso con esas mismas luces, el profesional declara la estabilidad sin proyecto de cálculo. Fuera de esos casos, se hace el cálculo.

¿Se puede regularizar la ampliación de una casa que ya tiene recepción?

Sí. Las ampliaciones no regularizadas de viviendas que sí tienen recepción definitiva también pueden acogerse a la Ley del Mono, si cumplen sus requisitos.

¿Qué pasa si mi casa no califica para la Ley del Mono?

Se regulariza por la vía normal: permiso de edificación y recepción definitiva, cumpliendo el plan regulador de la comuna. Es un trámite más exigente, con el mismo resultado: la casa en regla.

¿En qué comunas trabajan?

Tenemos proyectos en la Región Metropolitana, la Región de Valparaíso, el Maule y La Araucanía, entre otras comunas en La Florida, Viña del Mar, Concón, Quilpué, Talca, Curepto, Villarrica y Pucón. Cada comuna tiene su plan regulador y su forma de revisar: parte del trabajo es conocerla.

¿Tu casa está en regla?

Cuéntanos qué tienes y te decimos qué falta.

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Cerro Lagunillas Poniente 8955, Peñalolén, Región Metropolitana, Chile
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